La Suprema Corte invalidó diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del estado; también modificó las condiciones para ingresar a corporaciones de seguridad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo y siete fracciones de otros cuatro artículos de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, al considerar que algunas de estas disposiciones invadían facultades exclusivas del Congreso de la Unión y vulneraban derechos fundamentales.

La resolución del máximo tribunal del país impacta directamente en los requisitos para ocupar determinados cargos dentro de las instituciones de seguridad pública y para ingresar a las corporaciones estatales y municipales.

A partir de esta determinación, quienes aspiren a ser titulares de la Secretaría de Seguridad Ciudadana o secretarios Ejecutivos del Sistema Estatal de Seguridad ya no tendrán que acreditar como requisito tener un “modo honesto de vivir”.

Además, podrán ocupar estos cargos aun cuando hayan sido condenados mediante sentencia ejecutoriada por la comisión de un delito doloso, conforme al alcance de las disposiciones invalidadas.

La modificación también alcanza a diversas áreas estratégicas de seguridad, entre ellas el Centro Estatal de Información, el Centro Estatal de Prevención Social, el C5i, el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza, así como áreas de planeación, dirección jurídica, operación de tecnologías de información y coordinación de fondos para seguridad pública.

TAMBIÉN CAMBIA EL INGRESO A LAS CORPORACIONES

La resolución tiene efectos igualmente sobre quienes buscan incorporarse a las corporaciones de seguridad estatales o municipales.

El personal que aspire a una plaza operativa podrá ingresar aun cuando haya sido condenado mediante sentencia irrevocable por un delito doloso o incluso cuando se encuentre sujeto a un proceso penal, de acuerdo con las disposiciones invalidadas.

En el caso del personal con plazas de confianza administrativa, también podrán ocupar el cargo aun cuando hayan sido condenados por delito doloso o se encuentren inhabilitados mediante una resolución firme para desempeñarse como servidores públicos.

La SCJN determinó que las disposiciones publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en febrero de 2024 vulneraban derechos fundamentales y, en determinados aspectos, regulaban materias cuya legislación corresponde al Congreso de la Unión.

La resolución modifica así parte del marco legal que regía el acceso y permanencia en diferentes posiciones dentro de las instituciones de seguridad de Tlaxcala.


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